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Guía · revisada octubre 2026

Visado para España: tipos, tasa y cómo pedirlo en el consulado

Quién necesita visado para España, tipos (Schengen y nacional), tasa de 90 €, plazos, documentos y cómo solicitarlo en el consulado.

Para viajar, estudiar o vivir en España, los ciudadanos de muchos países necesitan un visado que se pide en el consulado de España del país donde residen legalmente. El tipo de visado depende de la duración y del motivo de la estancia.

¿Necesito visado?

Depende de tu nacionalidad. Para estancias cortas (turismo, negocios, visitas) de hasta 90 días en cualquier periodo de 180, los nacionales de la mayoría de países de América Latina, entre ellos México, Colombia, Argentina, Chile, Perú o Venezuela, no necesitan visado para entrar en el espacio Schengen. Sí lo necesitan, por ejemplo, los nacionales de Ecuador, Bolivia, Cuba, República Dominicana o Haití. Para estancias de más de 90 días (estudios, trabajo, residencia) hace falta un visado nacional sea cual sea la nacionalidad, salvo para ciudadanos de la UE.

Tipos de visado

Visado Para qué sirve Duración
Schengen (tipo C) Turismo, visitas familiares, negocios, eventos Hasta 90 días en 180
Tránsito aeroportuario (tipo A) Hacer escala sin salir de la zona internacional (solo algunas nacionalidades) Escala
Nacional (tipo D) Estudios, trabajo, residencia no lucrativa, reagrupación familiar, teletrabajo internacional… Más de 90 días

Visado Schengen: lo esencial

  • Tasa: 90 € para adultos y 45 € para niños de 6 a 11 años; los menores de 6 años no pagan. Se cobra en moneda local, y si el consulado usa un proveedor externo para recibir solicitudes, este puede añadir un cargo por servicio.
  • Cuándo pedirlo: el Código de visados permite presentarlo hasta seis meses antes del viaje y recomienda hacerlo al menos 15 días antes. Algunos consulados aplican ventanas más cortas (por ejemplo, Los Ángeles no admite solicitudes con más de 90 días de antelación), así que revisa la de tu consulado.
  • Plazo de respuesta: por regla general, 15 días naturales, ampliables en casos concretos.
  • Documentos habituales: formulario de solicitud, pasaporte con al menos tres meses de validez tras la salida prevista y emitido en los últimos diez años, fotografía, seguro médico de viaje con cobertura mínima de 30.000 €, reserva de alojamiento o carta de invitación, billete de ida y vuelta o itinerario, y prueba de medios económicos.

Visado nacional (larga duración)

Los requisitos cambian por completo según el tipo: el de estudios pide la admisión en el centro y los medios económicos; el de trabajo, la autorización tramitada antes en España por el empleador; el de residencia no lucrativa, ingresos suficientes y seguro médico. Casi todos exigen certificado de antecedentes penales y certificado médico, apostillados y traducidos. La tasa depende de la nacionalidad (en algunos casos se aplica reciprocidad).

Al llegar a España con un visado nacional de más de seis meses, tendrás que pedir la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde la entrada. Puedes ver cómo pedir esa cita en citaenextranjeria.com.

Cómo se solicita, paso a paso

  1. Identifica el consulado de España de tu demarcación (el de tu lugar de residencia legal).
  2. Comprueba en su web el tipo de visado y la lista de documentos. Muchos consulados reciben las solicitudes a través de un centro externo (BLS, VFS u otros), que es donde se pide la cita.
  3. Reúne la documentación, con traducciones y apostillas si se piden.
  4. Presenta la solicitud en persona, paga la tasa y deja tus datos biométricos.
  5. Recoge el pasaporte con la decisión.

Errores frecuentes

  • Pedir el visado en un consulado que no es el de tu residencia.
  • Pagar a intermediarios por «conseguir cita»: la cita en el centro oficial o en el consulado no tiene coste adicional al de la tasa y, si existe, el cargo del proveedor oficial.
  • Seguro de viaje con cobertura insuficiente o fechas que no cubren toda la estancia.

Busca la dirección y la web oficial de tu sede en el directorio de consulados de España.

Fuentes: Reglamento (CE) n.º 810/2009 (Código comunitario sobre visados) y sus modificaciones; páginas de visados de los consulados de España (exteriores.gob.es), en particular Los Ángeles y São Paulo. Revisado en octubre de 2026. Información orientativa: la lista de países que necesitan visado y las tasas pueden cambiar.