Inscribir un nacimiento en el Registro Civil consular de España
Cómo inscribir en el consulado el nacimiento de un hijo de español nacido en el extranjero: documentos, pasos y declaración de conservación.
Cuando un hijo de español o española nace fuera de España, su nacimiento debe inscribirse en el Registro Civil consular del consulado de la demarcación donde se produjo. Esa inscripción es la que acredita la nacionalidad española y permite después pedir el pasaporte y el DNI. El trámite es gratuito.
Quién puede inscribir el nacimiento
- Lo solicita normalmente el progenitor español, o ambos si los dos lo son.
- Se presenta en el consulado al que corresponde el lugar de nacimiento. Si vives en otra demarcación, algunos consulados aceptan tramitarlo a través del consulado en el que estás inscrito, que lo remite al competente.
- Para adultos que nunca fueron inscritos, el trámite es similar pero el consulado puede pedir más pruebas.
Documentación habitual
- Certificado de nacimiento local del niño, en su versión completa, con la apostilla o legalización que corresponda y traducción si no está en español.
- Certificado literal de nacimiento español del progenitor español, reciente (Londres exige menos de 6 meses; São Paulo, 12 meses). No hace falta si ese nacimiento ya consta en el propio consulado.
- DNI o pasaporte de los progenitores.
- Certificado de matrimonio de los padres, si están casados.
- La hoja declaratoria de datos para la inscripción, firmada.
Cada consulado añade requisitos propios (fotografías, formularios, comparecencia de ambos progenitores…), así que revisa la lista de tu sede antes de pedir cita.
Pasos
- Consigue el certificado de nacimiento local completo y apostíllalo.
- Pide al Registro Civil español el certificado literal de nacimiento del progenitor español (se solicita por internet en la sede del Ministerio de Justicia).
- Reserva cita o envía la documentación según indique el consulado.
- El consulado practica la inscripción y entrega una certificación literal de nacimiento del niño. En Londres el plazo indicado es de un máximo de tres semanas desde la solicitud completa.
- Con esa certificación ya se puede pedir el pasaporte español del menor.
Atención: la declaración de conservación de la nacionalidad
Si el hijo nace en el extranjero y su progenitor español también nació en el extranjero, el Código Civil (art. 24.3) prevé que perderá la nacionalidad española si, al cumplir la mayoría de edad, no declara su voluntad de conservarla en los tres años siguientes. La declaración se hace en el consulado y es gratuita. El Consulado General en Washington lo recuerda en su página de registro civil.
Otros trámites del Registro Civil consular
- Matrimonios celebrados en el extranjero con al menos un contrayente español.
- Defunciones de españoles ocurridas en la demarcación.
- Certificados de las inscripciones que ya constan en el consulado.
- Declaraciones de nacionalidad (opción, conservación, recuperación).
Busca tu consulado en el directorio de consulados de España.
Fuentes: páginas de Registro Civil de los consulados generales de España en Washington, Londres y São Paulo (exteriores.gob.es) y artículo 24 del Código Civil. Revisado en octubre de 2026. Información orientativa: confirma la lista de documentos con tu consulado.